El acoso es una forma de discriminación laboral y, si es grave o frecuente, es ilegal. Las leyes federales prohíben el acoso por motivos de raza, color, religión, sexo (lo que incluye embarazo, orientación sexual e identidad de género), origen nacional, edad (ser mayor de 40 años), discapacidad, información genética o actividad protegida (como presentar una denuncia por discriminación o participar en una demanda o investigación por discriminación).
La EEOC es el organismo que se encarga de hacer cumplir las leyes federales contra la discriminación en los lugares de trabajo en los Estados Unidos. Para obtener más información, visite https://www.eeoc.gov/es o llame al 1-800-669-4000 / 1-800-669-6820 (sistema de teléfono de texto, TTY). Puede hablar con alguien en español, inglés y otros siete idiomas. Puede obtener más información sobre el proceso de presentación de cargos en https://www.eeoc.gov/es/presentacion-de-cargos-de-discriminacion.
Para presentar un cargo ante la EEOC, visite el portal público https://publicportal.eeoc.gov/Portal/Login.aspx (en inglés).
Para más información sobre el acoso, visite https://www.worker.gov/es/.
El acoso sexual, que comprende los avances sexuales no deseados, las peticiones de favores sexuales y otros tipos de acoso verbal o físico de índole sexual, es ilegal. Asimismo, los comentarios ofensivos sobre el sexo de una persona pueden considerarse acoso por motivo de sexo, y es ilegal. Por ejemplo, es ilegal acosar a una mujer mediante comentarios ofensivos reiterados sobre las mujeres en general.
Debido a que el acoso sexual es un tipo de discriminación por sexo, usted puede presentar una denuncia ante la EEOC a través de su portal público (en inglés).
Si desea obtener más información sobre el acoso sexual, visite la página web de la EEOC sobre acoso sexual y la página web del DOL sobre acoso sexual.
La explotación de una persona en el trabajo, para obtener servicios, con fines de explotación sexual comercial por la fuerza, mediante fraude, o mediante coerción es un delito llamado trata de personas (en inglés). No hay un solo tipo de persona que puede ser víctima de la trata de personas. Cualquier persona puede ser víctima de la trata de personas, sin importar su raza, color, origen nacional, discapacidad, religión, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, condición socioeconómica, nivel educativo o ciudadanía. La trata de personas puede llevarse a cabo mediante presión psicológica o amenazas que no causan daño físico, incluso sin violencia física o amenazas de daño o restricción física.
Si usted o alguien que conoce se encuentra en un entorno en el que se sospecha que hay trata laboral o sexual, llame al 911.
Usted o alguien de su confianza puede llamar a la Línea Nacional de Trata de Personas al 1-888-373-7888, enviar un mensaje de texto "BeFree" al número 233733, o usar el servicio de chat en vivo de humantraffickinghotline.org (en inglés).
Para más información sobre cómo denunciar casos de trata de personas, visite la página de recursos sobre la trata de personas de la EEOC.
El título VII de la Ley de Derechos Civiles (título VII), una ley federal contra la discriminación que la EEOC hace cumplir, prohíbe que los empleadores sujetos a esta ley discriminen a un empleado por su origen nacional o raza, entre otras características protegidas. El título VII se aplica a las personas que trabajan para empleadores con 15 o más empleados, independientemente de su ciudadanía o condición migratoria.
Para obtener más información sobre la EEOC o sobre el título VII, visite https://www.eeoc.gov/es o llame al 1-800-669-4000 / 1-800-669-6820 (sistema de teléfono de texto, TTY). Puede hablar con alguien en español, inglés y otros siete idiomas. También puede obtener información sobre cómo presentar cargos ante la EEOC en https://www.eeoc.gov/es/presentacion-de-cargos-de-discriminacion.
En general, un empleador con cuatro o más empleados no puede discriminarle (en inglés) debido a su ciudadanía o condición migratoria. Los ciudadanos estadounidenses, los nacionales estadounidenses, los asilados, los refugiados y los residentes permanentes legales recientes están protegidos contra la discriminación relacionada con la condición de ciudadanía en procesos de contratación, despido, o cobro por reclutamiento o recomendaciones.
Puede llamar a la línea directa para los trabajadores de la Sección de Derechos de Inmigrantes y Empleados (IER, por sus siglas en inglés) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos al 1-800-255-7688 si cree que ha sufrido alguno de estos tipos de discriminación.
Usted tiene derecho a estar protegido contra discriminación por motivos de sexo (lo que incluye embarazo, orientación sexual e identidad de género). Por lo tanto, un empleador no puede discriminarlo por su sexo o por estereotipos sobre su sexo (por ejemplo, por su apariencia o por la manera en que viste o actúa). En general, esto supone que no lo pueden despedir, negar un trabajo o ascenso, dar tareas de menor nivel, obligar a tomar una licencia ni disciplinar de otra manera debido a su sexo.
Usted tiene derecho a presentar una denuncia o un cargo por discriminación, a participar en una demanda o investigación de discriminación laboral, a participar en cualquier actividad protegida de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO, en inglés), o a rechazar actos de acoso o discriminación sin que su empleador tome represalias.
En general, usted tiene derecho a estar protegido contra discriminación sin importar su ciudadanía o condición migratoria, aunque, en algunos casos, la condición migratoria puede limitar los recursos disponibles.
Usted tiene derechos con respecto a la remuneración por su trabajo. Tiene derecho a presentar una denuncia o un cargo por discriminación, a participar en una demanda o investigación de discriminación laboral, a participar en una actividad protegida de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO), o a rechazar actos de discriminación sin que su empleador tome represalias.
La Ley de Igualdad Salarial estipula que hombres y mujeres tienen derecho a recibir el mismo pago si realizan el mismo trabajo en un mismo lugar de trabajo. Según esta ley, la cantidad de empleados que el empleador tenga no importa, y se aplica a la mayoría de los empleados tanto en el sector público como privado.
Para obtener más información sobre la EEOC o el título VII, visite https://www.eeoc.gov/es o llame al 1-800-669-4000 / 1-800-669-6820 (sistema de teléfono de texto, TTY). Puede hablar con alguien en español, inglés y otros siete idiomas. También puede obtener información sobre la presentación de cargos ante la EEOC en https://www.eeoc.gov/es/presentacion-de-cargos-de-discriminacion.
El título VII de la Ley de Derechos Civiles (título VII), una ley federal contra la discriminación que la EEOC hace cumplir, prohíbe que los empleadores sujetos a esta ley discriminen a un empleado por su origen nacional o raza, entre otras características protegidas como el sexo. Es ilegal que un empleador discrimine mediante prácticas de reclutamiento.
El título VII de la Ley de Derechos Civiles (título VII) prohíbe que los empleadores sujetos a esta ley discriminen a una empleada por estar embarazada. El término "embarazo" incluye embarazo actual, embarazo anterior, posible embarazo, una condición médica relacionada con el embarazo o el parto, entre ellas, lactancia, someterse a un aborto o decidir no abortar y anticonceptivos. La discriminación laboral ilegal puede incluir discriminación por parte de los reclutadores.
La Ley Contra la Discriminación por Embarazo (PWFA, por sus siglas en inglés) es una nueva ley que exige que los empleadores sujetos a esta ley ofrezcan adaptaciones razonables para las limitaciones conocidas de una trabajadora relacionadas con el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas, a menos que las adaptaciones supongan una dificultad excesiva para el empleador.
Para obtener más información sobre la EEOC, el título VII o la PWFA, visite https://www.eeoc.gov/es o llame al 1-800-669-4000 / 1-800-669-6820 (sistema de teléfono de texto, TTY).
Puede hablar con alguien en inglés u otros idiomas. También puede obtener información sobre cómo presentar cargos ante la EOCC en https://www.eeoc.gov/es/presentacion-de-cargos-de-discriminacion.
Si es madre lactante, es posible que tenga derechos. Para saber más sobre las protecciones para las trabajadoras que son madres lactantes, consulte:
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