División de Compensación de Empleados Federales, Estibadores y Trabajadores Portuarios (DFELHWC)
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Esta página ha sido diseñada para reclamantes, trabajadores lesionados y beneficiarios. Encontrará información sobre nuestro programa y nuestros servicios, lo que necesita saber para presentar un reclamo por una lesión relacionada con el trabajo o beneficios por fallecimiento, qué beneficios están disponibles para usted y cómo comunicarse con nosotros si necesita asistencia con su reclamo.
Para ver esta página en español, haga clic AQUÍ.
Comuníquese con nosotros
Para obtener información específica sobre su caso, comuníquese con el programa para estibadores de OWCP llamando al 202-513-6809. Para obtener más información de contacto, vea la página Comuníquese con nosotros.
Si todavía no ha presentado un reclamo y/o tiene preguntas generales sobre los reclamos que no se abordan en esta guía en línea, por favor comuníquese con el programa para estibadores de OWCP llamando al 202-513-6809.
Lo que debe hacer si se lesiona
- Notifique a su empleador de inmediato. Si necesita tratamiento médico, pídale un Formulario LS-1 a su empleador. Este autoriza el tratamiento por parte de un médico de su elección.
- Obtenga el tratamiento médico necesario lo antes posible.
- Presente una notificación escrita de su lesión a su empleador dentro de los 30 días usando el formulario LS-201. La notificación de fallecimiento también se debe presentar dentro de los 30 días. Se provee tiempo adicional para ciertos reclamos por pérdida de la audición y enfermedades ocupacionales. Comuníquese con el programa para trabajadores del puerto de OWCP para obtener información adicional sobre estos tipos de reclamos.
- Presente un reclamo de compensación escrito usando el formulario LS-203 dentro del año siguiente a la fecha de la lesión o el último pago de compensación, el que ocurra más tarde. El reclamo de beneficios para superviviente se debe presentar dentro del año siguiente a la fecha de fallecimiento.
Qué pasa después de que se presenta un reclamo
Beneficios médicos - Si usted sufrió una lesión en el trabajo, su empleador, o su compañía de seguro, debe pagar por el tratamiento médico necesario para su lesión.
Compensación por discapacidad: Si usted pierde más de tres días de trabajo y sufre un lucro cesante, su empleador, o su compañía de seguro, debe pagarle una compensación por su tiempo perdido. Si usted cree que ha sufrido una discapacidad o limitación permanente a causa de su lesión, le conviene presentar un reclamo escrito usando el formulario LS-203 dentro del año siguiente a la fecha de la lesión o la fecha del último pago de compensación.
- Para obtener más información detallada, revise la sección de "Preguntas frecuentes" sobre la Ley de Trabajadores Portuarios y de Base de Defensa disponible en este sitio web. Allí se provee información básica sobre los beneficios que tal vez tenga derecho a recibir, los cuales pueden ser: compensación por lucro cesante y/o limitación permanente, pago del tratamiento médico y la rehabilitación vocacional razonables y necesarios si no puede regresar a su trabajo habitual. También puede encontrar lineamientos para calcular su salario semanal promedio (AWW, por sus siglas en inglés) e información importante sobre los plazos par presentar un reclamo de beneficios.
Presentación de documentos: Si necesita presentar documentación relacionada con el archivo de su caso, puede presentarla electrónicamente a su archivo de caso para que sea recibida de inmediato a través del Portal de Acceso Electrónico Seguro (SEAPortal). Los documentos que se suben electrónicamente se adjuntan directamente a su caso y son recibidos el mismo día por el examinador de reclamos. Puede acceder a SEAPortal desde cualquier navegador de internet en: seaportal.dol.gov. Cuando acceda al sitio web, se le pedirá que provea su número de caso, apellido, fecha de nacimiento y fecha de lesión para subir un documento. Luego, el SEAPortal le proveerá un número de seguimiento para que usted pueda verificar la fecha en la que la OWCP recibió su documento.
- Para obtener información más detallada de cómo presentar documentos a nuestra oficina, revise la sección de "Preguntas frecuentes" en Presentación de documentos y comunicaciones con la OWCP
Preguntas frecuentes (FAQ, por sus siglas en inglés)
- Preguntas frecuentes sobre la Ley Base de Defensa
- Presentación de documentos y comunicaciones con la OWCP
- Responsabilidades del seguro y el empleador
- Trabajadores portuarios
- Beneficios del fondo especial
- Rehabilitación vocacional
Número de formulario | Título/descripción del formulario de la OWCP |
---|---|
LS-1 | Solicitud de examen y/o tratamiento |
LS-18 | Declaración previa a la audiencia |
LS-33 | Aprobación del acuerdo de hechos y antecedentes que justifican la acción de terceros |
LS-200 | Informe de ganancias |
LS-201 | Notificación de lesión o fallecimiento de empleado |
LS-203 | Reclamo de compensación del empleado |
LS-262 | Reclamo de beneficios por fallecimiento |
LS-265 | Certificación de gastos de funeral |
LS-266 | Solicitud de continuación del beneficio por fallecimiento para un estudiante |
LS-267 | Declaración del reclamante |
LS-802 | Renuncia del servicio por Correo Registrado o Certificado para reclamantes y representantes autorizados |
Información de beneficios y reclamos
- Página de tasas para trabajadores del puerto (NAWW, tasas de interés de la Reserva Federal, millaje GSA)
- Página de la ley DBA
- Notificación de la ley DBA para los empleados (PDF)
- Página de fondo especial: cronograma de pagos
- Para obtener material sobre las leyes y otros materiales de referencia y guías de procedimiento, visite la página de inicio de DLHWC.