Hoja de Datos #77D: Represalia Prohibida bajo el Programa Visado de H-2A
Abril 2002
Esta hoja de datos provee información general sobre la prohibición de tomar represalias contra una persona por ejercer sus derechos o participar en asuntos protegidos bajo el programa de H-2A, visa temporaria para no inmigrantes
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA por sus siglas en inglés) autoriza la admisión a los Estados Unidos de trabajadores extranjeros temporeros no inmigrantes, para desempeñar trabajo agrícola o servicios que son normalmente temporeros (trabajadores H- 2A). Empleadores de tales trabajadores y de los trabajadores estadounidenses que están empleados semejantemente (empleo correspondiente: trabajadores que desempeñan trabajo incluido en la orden de trabajo o trabajo agrícola desempeñado por trabajadores H-2A) están obligados a cumplir con los términos y las condiciones especificados en la orden/contrato de trabajo, y todas las exigencias legales y reglamentarias que aplican, incluyendo la prohibición contra las represalias.
Prohibiciones
29 CFR §501.4 prohíbe la descriminación y establece que una persona no puede “intimidar, amenazar, restringir, coaccionar, poner en lista negra, despedir o de cualquier manera descriminar en contra de cualquier persona que se ha” involucrado en cualquiera de las siguientes acciones en relación a las protecciones bajo el programa H-2A o la INA:
- Completado, instituido o causado a instituir cualquier reclamación o procedimiento;
- Testificado o por testificar en cualquiera de tales procedimientos;
- Consultado con un abogado o un programa de asistencia jurídica;
- Ejercitado o afirmado, en nombre de sí mismo o para otros, cualquier derecho o protección.
Cobertura
“Personas” que están excluidas de involucrarse en actividades prohibidas de descriminación incluyen, pero no se limitan a, asociaciones agrícolas, empleadores agrícolas, agentes, reclutadores, y contratistas laborales H-2A. Las acciones prohibidas no pueden ser tomadas contra “cualquier persona,” los cuales incluyen, pero no está limitado a, trabajadores con visa H-2A y trabajadores en el empleo correspondiente. Una relación empresarial no es requerida. Para obtener información general adicional sobre las obligaciones del programa H-2A, por favor visite la Hoja de Datos #26 en http://www.dol.gov/agencies/whd/fact-sheets/26-H2A/espanol.
Ejecución
Si un individuo cree que él o ella ha sido descriminado, el trabajador puede presentar una reclamación en cualquier oficina local de la División de Horas y Salarios (WHD). Todas las reclamaciones son confidenciales y las investigaciones se llevan a cabo de tal manera de proteger la confidencialidad.
Si, tras la investigación, la WHD determina que tales violaciones han ocurrido, puede buscar correcciones apropiadas que incluyen: multas civiles que conllevan cargos monetarios, medidas cautelares, y/o cualquier corrección adicional que sean necesarias para los empleados como resultado de la discriminación. 29 CFR §501.16. Además, bajo la sección 218 de la INA, la Secretaría del Departamento de Trabajo está autorizada a tomar tales acciones, incluyendo la imposición de sanciones apropiadas y buscar asistencia en medidas cautelares y el cumplimiento específico de las obligaciones contractuales, que sean necesarias para asegurar que el empleador cumpla con los términos y las condiciones de empleo bajo esta sección. 8 U.S.C. §1188(g)(2). WHD también puede iniciar un procedimiento de exclusión y recomendar la revocación del certificado de trabajo a la Oficina de Certificación Laboral Extranjera (OFLC).
Las alegaciones de discriminación relacionadas con el estado de inmigración o sobre la base de ciudadanía, deben ser dirigidas al U.S. Department of Justice Civil Rights Division, Office of Special Counsel for Immigration-Related Unfair Employment Practices.
Dónde Se Puede Conseguir Información Adicional
Para conseguir información adicional visite nuestro “Web site” de Horas y Sueldos bajo la dirección: http://www.wagehour.dol.gov y/o llame a nuestra línea de información y asistencia, gratuitamente, disponible de 8 de la mañana a 5 de la tarde en su huso horario, 1-866-4USWAGE (1-866-487-9243).
El propósito de esta publicación es servir de información general y no se debe pensar que contiene el mismo peso que tiene una postura oficial contenida en los reglamentos.