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El T-MEC tiene las disposiciones laborales más fuertes y de mayor alcance de cualquier tratado comercial. El tratado contiene un capítulo laboral que da prioridad a las obligaciones laborales, incluyéndolas en el núcleo del tratado y haciéndolas totalmente aplicables. Este cambio es uno importante en comparación con el TLCAN, que solo contenía un acuerdo paralelo sobre el ámbito laboral, y beneficiará enormemente a los trabajadores y empresas estadounidenses.

Como complemento a las vanguardistas disposiciones laborales del T-MEC, el tratado también contiene una innovadora disposición de aplicación. El Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (en inglés) es el primero de su tipo y permite a los Estados Unidos tomar medidas de aplicación contra fábricas particulares si estas no cumplen con las leyes nacionales de libertad de asociación y negociación colectiva. De igual manera, el T-MEC incluye disposiciones destinadas a mejorar directamente los salarios y devolver los puestos de trabajo a la industria automotriz estadounidense. El tratado contiene novedosas reglas de origen que exigen que entre el 40 y el 45% del contenido de los automóviles sea fabricado por trabajadores que ganen al menos US $16 por hora para poder recibir la exención arancelaria del T-MEC.

La legislación de implementación del T-MEC incluye US $210 para ILAB para las actividades de implementación del T-MEC: US $180 millones durante cuatro años para proyectos de asistencia técnica (en inglés) relacionados con el T-MEC y US $30 millones durante ocho años para la capacidad de ILAB de supervisar el cumplimiento del T-MEC, incluyendo los gastos necesarios de empleados adicionales de ILAB a tiempo completo para el Comité Interinstitucional y los agregados laborales en México.

Requisitos

Entre otras disposiciones, el capítulo Laboral (en inglés) del T-MEC:

  • Exige que las partes adopten y mantengan en la ley y en la práctica los derechos laborales tal como los reconoce la Organización Internacional del Trabajo (OIT), apliquen eficazmente sus leyes laborales, y no renuncien a sus leyes laborales ni las deroguen.
  • Incluye nuevas disposiciones que requieren que las partes tomen medidas para prohibir la importación de mercancías producidas por medio de trabajo forzoso, abordar la violencia contra los trabajadores que ejercen sus derechos laborales, abordar la discriminación por razón de sexo en el lugar de trabajo y garantizar que los trabajadores migratorios estén protegidos bajo las leyes laborales.
  • Incluye un Anexo sobre la Representación de los Trabajadores en la Negociación Colectiva en México, en virtud del cual México se compromete a llevar a cabo acciones legislativas específicas para el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.
    • Permitirá a los trabajadores participar en una verdadera negociación colectiva y exigirá a las empresas en México que cumplan con los mismos principios laborales básicos que siguen las empresas en los Estados Unidos.
    • Para cumplir con este compromiso, México promulgó reformas laborales históricas el 1 de mayo de 2019 y está implementando cambios transformadores en su régimen laboral, como nuevas instituciones independientes para el registro de sindicatos y contratos colectivos y tribunales laborales nuevos e imparciales para resolver controversias.

Solicitudes bajo el capítulo Laboral del T-MEC y el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida

Las solicitudes y la información que aleguen el incumplimiento de las obligaciones laborales en virtud del capítulo Laboral del T-MEC o la denegación de derechos en una instalación cubierta, tal como se definen estos términos en los Lineamientos de procedimiento del T-MEC (en inglés) relacionadas con el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC (Anexo 31-A), deben enviarse a la Oficina de Asuntos Comerciales y Laborales, Oficina de Asuntos Laborales Internacionales, Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, 200 Constitution Avenue NW, Room S-5315, Washington, DC 20210, USMCA-petitions@dol.gov, número de teléfono 202-693-4649.

Línea de asistencia telefónica en internet

Para proporcionar información confidencial sobre cuestiones laborales entre los países del T-MEC, visite la línea directa del T-MEC.

Nuestra función

ILAB mantiene una larga y productiva relación con México y es el punto de contacto del Gobierno de los Estados Unidos en el ámbito laboral internacional. En esa capacidad, ILAB es responsable de monitorear y comprometerse con México y Canadá con respecto a sus compromisos laborales y, cuando es necesario, colabora con la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) para hacer cumplir esos compromisos.

Monitoreo y aplicación

El lenguaje del capítulo Laboral designó al Departamento de Trabajo de los Estados Unidos como punto de contacto para tratar los asuntos relacionados con el tratado. La legislación de implementación del T-MEC establece un Comité Laboral Interinstitucional para el Monitoreo y la Aplicación (en inglés), copresidido por el Departamento de Trabajo y la USTR, para coordinar los esfuerzos de los Estados Unidos con respecto a la implementación y el mantenimiento de las obligaciones laborales del T-MEC, para monitorear las reformas laborales históricas de México y para hacer cumplir las disposiciones laborales del T-MEC cuando sea necesario. Entre la multitud de responsabilidades del Comité, este recibirá y revisará las presentaciones bajo el capítulo Laboral del T-MEC y el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida.

Asistencia Técnica

Desde 2016, ILAB ha invertido más de US $90 millones en actividades de asistencia técnica en México, de los cuales aproximadamente US $50 millones han sido fondos dedicados al T-MEC. Los Estados Unidos invertirán US $130 millones adicionales en asistencia técnica y cooperación durante los próximos cuatro años para seguir apoyando al Gobierno de México en la implementación de la reforma laboral, el fortalecimiento de las normas laborales para proteger a los trabajadores, la promoción de condiciones aceptables de trabajo y la lucha contra los riesgos del trabajo infantil y el trabajo forzoso.

En concreto, los proyectos apoyados con estos fondos desarrollarán la capacidad del Gobierno de México para:

  • aplicar sus reformas laborales, incluida la formación y el apoyo a los nuevos tribunales y centros laborales que intentarán conciliar las controversias y registrar los sindicatos y los convenios colectivos;
  • poner en práctica los compromisos relacionados con la negociación colectiva, el voto secreto para la impugnación de la representación sindical y la aprobación de los convenios colectivos, así como mejorar la aplicación de las leyes laborales por parte del gobierno; y
  • combatir el trabajo infantil y el trabajo forzado, hacer cumplir la legislación laboral y las condiciones de trabajo aceptables en el sector agrícola, y promover la capacitación económica de las mujeres y niñas vulnerables.

Agregados laborales

La legislación que implementa el T-MEC pide al Departamento de Estado que coloque hasta cinco agregados en la Embajada y/o consulados de los Estados Unidos en México. Hasta ahora, ILAB ha colaborado con el Departamento de Estado de los Estados Unidos para establecer tres puestos de agregado en la Embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de México. Los agregados monitorearán la implementación de las obligaciones laborales del T-MEC y apoyarán la cooperación bilateral en materias laborales y de empleo.

Casos

El T-MEC tiene las disposiciones laborales más sólidas de cualquier tratado comercial de los Estados Unidos. Además de las solicitudes en virtud del capítulo Laboral, el tratado incluye el innovador Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (RRM) para instalaciones específicas, que permite al Gobierno de los Estados Unidos emprender acciones de aplicación acelerada contra fábricas particulares que parezcan estar denegando a los trabajadores el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva en virtud de la legislación mexicana. Las partes interesadas pueden presentar solicitudes relativas al capítulo Laboral y solicitudes de respuesta rápida, y el Gobierno de los Estados Unidos también puede iniciar por sí mismo acciones del RRM. El Departamento de Trabajo y la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos ya han colaborado en múltiples casos del RRM para proteger los derechos de los trabajadores bajo el T-MEC. Lea más sobre los casos individuales (en inglés).